Aplican
Ley del odio a dos estudiantes de la ULA-Mérida
Foro Penal informó que dos
estudiantes de la ULA- Mérida se suman a la lista de presos políticos, tras su
participación en un programa de TV donde pidieron a las autoridades solucionar
el problema del transporte público en la entidad e hicieron un llamado a una
protesta pacífica
Mérida.- La ONG Foro Penal en Mérida fue
llamada a ejercer la defensa técnica de Jhohann Adolfo Lobo Goyo y Michael Efrén Labrador Ramírez, dos
dirigentes estudiantiles de la Universidad de Los Andes (ULA) quienes este
jueves fueron imputados por los delitos de incitación al odio agravado, resistencia a la autoridad y porte ilícito
de arma de fuego, en concurso de delitos previstos y sancionados en
los artículos 20 y 21 de la ley Contra el Odio, y 83 y 112, ambos del Código
Penal.
En la audiencia de presentación que se
realizó este 8 de marzo en el Tribunal de Control Nº 3 a los estudiantes de la
Facultad de Derecho de la ULA, también se declaró como flagrante la
aprehensión de los estudiantes universitarios, aun cuando fueran detenidos
arbitrariamente el pasado lunes 5 de marzo y se decretó medida privativa de
libertad.
De acuerdo con información
suministrada por Foro Penal, la
aprehensión de los jóvenes se dio el lunes lunes 5 de marzo, cuando
fueron “detenidos por funcionarios del Sebin a pocos minutos de haber salido de
un programa en la Televisora Andina de Mérida, donde hacían un
llamado a las autoridades competentes para que solucionaran el paro de
transporte que ocurre en la ciudad hace varios días, que llevó a la ULA a una
paralización de las actividades académicas, y que, según manifestaron
conjuntamente con otros estudiantes, perjudica el desarrollo normal de sus
faenas estudiantiles, haciéndoles perder un tiempo valioso para sus estudios.
Al mismo tiempo, invitaban a una concentración pacífica en la Plaza Bolívar de
Mérida para protestar contra el hambre y la pobreza en el país que había sido
convocada por la comunidad universitaria de la ULA”.
La defensa fue
ejercida en nombre del Foro Penal por los abogados Antonio José Rivas Jerez y
Franki Márquez, quienes, después de haber oído a los defendidos, se opusieron a
las imputaciones por las siguientes razones:
1.- Se denunció
la violación del derecho a la Defensa y al Debido Proceso (Art. 49
Constitucional), por cuanto los funcionarios del Sebin les coartaron a las
víctimas de esta aprehensión arbitraria el derecho a comunicarse tanto con sus
abogados de confianza como con sus familiares, quienes desde el mismo momento
de su aprehensión intentaron comunicarse con ellos en múltiples oportunidades.
2.- Los abogados
rechazaron la pre-calificación del delito de instigación al odio agravado,
previsto y sancionado en los artículos 20 y 21 de la Ley Contra el Odio por la
Convivencia y Tolerancia para el ciudadano, por cuanto las conductas
desplegadas por las víctimas de la aprehensión arbitraria no encuadran en tales
supuestos, pues se trata de dos estudiantes que fueron invitados a un programa
de TV para tratar el problema del transporte en Mérida y a asistir a una
concentración pacífica de protesta, que al salir fueron interceptados por
funcionarios del SEBIN sin su indumentaria, identificación y testigos, por lo
que se trata es de un secuestro, mas no de una aprehensión.
3.- Sobre los
panfletos que dice la Fiscalía que les encontraron en su poder, no hay
constancia en el expediente de que los mismos hayan sido publicados o
distribuidos para incitar al odio ni mucho menos a la muerte, como lo pretende
hacer valer la Fiscalía.
4.- En cuanto a
los supuestos instrumentos incendiarios que la Fiscalía dice que le fueron
encontrados a los estudiantes, los mismos, si bien se encuentran en cadena de
custodia, tales artefactos no fueron sometidos a una experticia química para
comprobar o descartar la existencia de elementos químicos que, junto con una
experticia dactiloscópica, haga creíble la participación de los jóvenes estudiantes
en la presunta comisión de los delitos imputados.
5.- Respecto al
arma de fuego que supuestamente les incautaron, no se individualizó a quién de
los dos supuestamente pertenezca, basándose la Fiscalía solo sobre lo dicho por
los funcionarios aprehensores, cuyas manifestaciones nunca podrán considerarse
como elementos para imputarlos, pero además no se presentó tampoco una
experticia dactiloscópica que vincule dicha arma con los estudiantes.
6.- Foro Penal
solicitó la nulidad de las actuaciones, libertad plena para los muchachos y
copias certificadas de la decisión.
Sin embargo, el Tribunal, una vez oídos los alegatos de la Fiscalía y la
defensa de los abogados del Foro Penal, se retiró de la Sala por un lapso de
una hora, y ratificó las imputaciones. Además, desestimó la denuncia formulada en Sala
por la defensa técnica de Foro Penal en contra de los funcionarios actuantes, y
ni siquiera se pronunció al respecto.
El paso siguiente de los abogados del Foro Penal es preparar los recursos
jurídicos para impugnar esta decisión judicial en contra de los jóvenes que hoy
se suman a la lista de presos políticos.

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